A indemnizaciones grandes, salarios pequeños

 

salarios-bajos

Por: Manuel Moisés Montás._

Las prestaciones laborales y los instrumentos de compensación no salariales (seguros, bonificaciones, tributos, regalías) solamente pueden aumentar, e incluso existir, a costa de los ingresos ordinarios que los trabajadores reciben en la forma de salarios.

Para cualquier nivel dado de cualificación y requerimientos laborales, a falta de una regulación e intervención estatal demasiado rigurosa, el nivel medio de remuneración es en principio un resultado del mercado, fruto de la relación entre la oferta y la demanda efectiva de trabajo.

Remuneración no es lo mismo que salario. La remuneración es el costo total, precio o compensación que recibe un empleado por su trabajo, salario es únicamente aquella parte de la remuneración que el empleado recibe, neta de retenciones e impuestos, para su uso discrecional y sobre la cual planifica generalmente el gasto familiar.

En vista de que las prestaciones laborales, la regulación estatal y los instrumentos de compensación no salariales no aumentan en modo alguno de por sí la demanda efectiva de trabajo, el deseo o la conveniencia en su contratación por parte de los empleadores, se sigue que éstas partidas solamente pueden aparecer o incrementarse mediante una contracción de los salarios vía retenciones legales o mediante un incremento sustancial en los niveles de desempleo.

El aumento del desempleo obedece a la combinación de dos efectos: el uno, la reducción de la demanda de trabajo frente a una oferta creciente de trabajadores, el otro, al aumento del riesgo financiero de la empresa y, con éste, de las tasas mínimas de rendimiento sobre cualquier capital invertido.

Por lo que respecta al primer efecto, fácil es comprender en virtud de la ley de la demanda que a falta de incrementos equivalentes en la productividad o en la escala de las operaciones, a mayor costo de la mano de obra menor será su empleo, pero no así la cantidad de personas dispuestas a trabajar. Esto contribuye sino a reducir, al menos sí a frenar, el alza en los sueldos.

El segundo efecto se relaciona mejor con las prestaciones laborales, los preavisos y las cesantías. Estas aumentan la exposición de la empresa a eventuales pérdidas e incluso a la quiebra al verse la misma obligada a indemnizar generosamente al trabajador antes de proceder a su eventual despido, so pena de perder incluso más dinero en trámites judiciales.

Habida cuenta de que el flujo de las operaciones no es siempre creciente, las empresas responden a las limitaciones a su posibilidad de reajustar empleos y salarios a su variable desempeño económico, mediante la reducción de los primeros (subcontratación, introducción de maquinaria, sobrecarga de trabajadores) y la diversificación de los segundos (gastos de representación, combustible, asignación de vehículos, otros).

Sucede además que en vista de éstas y otras muchas dificultades, muchas empresas deciden cerrar mientras que otras, especialmente las pequeñas y medianas, no llegan incluso a existir, con lo cual se reduce la competencia y aumentan las presiones al alza en los precios.

A la falta o escasez de empleos así generada, sigue invariablemente una reducción en los niveles de remuneración, y por ende, de los salarios, que perjudica especialmente a los trabajadores más jóvenes, a las mujeres y a los que se  encuentran buscando un trabajo.

Manifiesta es, por tanto, la importancia de proceder a una liberalización del mercado laboral en nuestro país que facilite a los trabajadores el acceso a mejores salarios y a las empresas la creación de los empleos, ingresos fiscales y riqueza necesarios para el bienestar de la nación._


* Manuel Moisés Montás es economista y candidato a un PhD en Fundamentos del Crecimiento Económico en la Universidad Complutense de Madrid.